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DECRETO 14 “DE LAS INFRACCIONES CONTRA LA HIGIENE COMUNAL Y LAS MEDIDAS SANITARIAS PARA LA ETAPA DE ENFRENTAMIENTO A LA COVID-19 EN LA PROVINCIA DE LA HABANA”
CAPÍTULO I DISPOSICIÓN GENERAL
Artículo 1. El presente Decreto tiene por objeto establecer las infracciones contra la higiene comunal y las medidas sanitarias para la etapa de enfrentamiento a la COVID-19, en la provincia de La Habana.
CAPÍTULO II DE LAS INFRACCIONES
Artículo 2.1. Contravienen las regulaciones asociadas a la prevención y enfrentamiento a la Covid-19 y se impondrán las multas y las medidas que para cada caso se establecen al que:
1) Dificulte en cualquier forma el cumplimiento de las medidas sanitarias dictadas por la autoridad competente: 2000 pesos, y la obligación de abstenerse de continuar con dicha conducta.
2) Siendo jefe de un centro de trabajo o estudio incumpla las normas sanitarias vigentes, tanto en las áreas exteriores como interiores: 3000 pesos, y la obligación del cumplimiento de las normas establecidas.
3) No use o use incorrectamente el nasobuco en las vías públicas, ómnibus, autos e interiores de los centros laborales y de servicios: 2000 pesos.
4) No habilite en las entidades estatales, formas de gestión no estatal y otras instituciones, los pasos podálicos y soluciones de agua clorada o alcohólica: 3000 pesos.
5) Utilice, permanezca y realice actividades en las áreas culturales, deportivas, de estar y parques: 2000 pesos.
6) Realice juegos o estancia en la vía pública: 2000 pesos.
7) Mantenga locales o instalaciones gastronómicas o de servicios abiertas fuera de los horarios establecidos: 3000 pesos.
8) Ingiera bebidas alcohólicas en lugares públicos: 2000 pesos.
9) Realice fiestas de cualquier índole: 2000 pesos.
10) Permanezca en áreas públicas fuera de los horarios establecidos: 2000 pesos.
11) Incumpla otras disposiciones establecidas por las autoridades sanitarias: 2000 pesos.
12) Circule con el vehículo sin la autorización de “Vía Libre” o sin el sello de excepcionalidad, en el horario restringido, de 7.00 pm a 05.00 am: 3000 pesos, y el retiro de la licencia de circulación y la matrícula. 2. Se impondrán las multas y las medidas que para cada caso corresponda, a los tutores de menores o incapacitados judicialmente que incurran en alguna de las contravenciones establecidas en el apartado anterior.
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